18-11-2003 El presente Convenio Colectivo, regulará a partir de la fecha de su entrada en vigor, las condiciones mínimas de trabajo de todo el personal que presta sus servicios en las empresas que se dedican a la actividad de Oficinas de Cámaras, Colegios Profesionales, Asociaciones, Federaciones e Instituciones de la Región de Murcia.
18-11-2003 Visto el Convenio Colectivo de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, que fue suscrito con fecha 29 de julio de 1992, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo.
18-11-2003 El presente Convenio Colectivo de ámbito estatal para "Despachos de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales" se otorga por las centrales sindicales CC.OO. y UGT y la Federación Española de Asociaciones Profesional de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales
Registros de la Propiedad
01-09-2003 RESOLUCIN de 1 de septiembre de 2003, de la Direccin General de Relaciones con la Administracin de Justicia, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso- administrativo nmero 724/2003, contra la Resolucin de 4 de junio de 2003, de la Secretara de Estado de Justicia.
Años 2001-2002
18-11-2002 El presente convenio colectivo de trabajo regulará, a partir de la fecha de su entrada en vigor, las relaciones laborales entre la Sociedad de Bolsas y las Sociedades y Agencias de Valores y Bolsa que estén establecidas o se establezcan durante su vigencia en Madrid y su provincia, y los trabajadores que en las mismas desarrollen su actividad.