POR FIN EN CAJAMAR
ACUERDO ENTRE CAJAMAR Y LA COMISIÓN NEGOCIADORA EN MATERIA DE REESTRUCTURACIÓN DE LA PLANTILLA
Firmado en La Caixa

El objeto del Acuerdo es establecer un programa de prejubilaciones, jubilaciones anticipadas y jubilaciones parciales para los empleados de “la Caixa”, que partiendo de la regulación legal sobre jubilación parcial, gradual y flexible, promueva la renovación de la plantilla de la Entidad, adaptándola a las necesidades organizativas de la misma.
Barclays Zaragozano
El 8 de enero de 2004 CC.OO. y UGT hemos firmado un acuerdo con Barclays Bank, sobre prejubilaciones y unificación de los complementosde jubilación de los trabajadores posteriores al 8-3-80.
Orientado a minorar efectos negativos sobre el empleo
Acuerdo en Allianz con naturaleza de acuerdo definitivo alcanzado en periodo de discusión y consultas en el expediente de Regulación de Empleo con número de registro 5097 de 29/7/1999
CC.OO. y UGT hemos alcanzado un preacuerdo con Barclays Bank, sobre prejubilaciones y unificación de los complementosde jubilación de los trabajadores posteriores al 8-3-80, cuyo contenido esencial es el siguiente:
29 de Diciembre de 2003
El presente Acuerdo tiene como objeto la transformación para los Colectivos A, C y E pre-80 del sistema de previsión definida en un nuevo sistema de aportación definida...
Se ha planteado por todas las partes la conveniencia de constituir un fondo de pensiones externo para los compromisos por jubilación de empleados en activo del Banco MAPFRE mediante la exteriorización de los compromisos de previsión social complementaria, así como la transformación de todos los compromisos por jubilación en un sistema de aportación definida único para todos los empleados y un sistema propio de cobertura de riesgos que sustituya en todos sus términos y condiciones al sistema de previsión social complementaria actualmente existente en el mismo.
Anexo y Acuerdos
Es voluntad de las partes sustituir el sistema de previsión social regulado en el mismo para el personal que presta servicios efectivos en BANCO ESPIRITO SANTO, S.A., por un nuevo sistema de previsión social instrumentado a través de un Plan de Pensiones, de prestación definida para la contingencia de incapacidad, fallecimiento y jubilación...
Acuerdo y Anexos
Para los 630 trabajadores anteriores al 8-3-80.- Prestación definida asegurada a través de póliza en Plan de Pensiones externo. 2) Para los 621 trabajadores posteriores al 8-3-80.- Aportación definida de 65.000 Ptas. para el año 2001, revalorizable con el incremento del Convenio Colectivo de Banca. 3) Para los 760 actuales pasivos y prejubilados.- Se externalizan
los actuales compromisos a través del fondo de pensiones asegurados en póliza de seguros
BANCO PASTOR S.A., insta la creación de un Plan de Pensiones, denominado PLAN DE PENSIONES DE LOS EMPLEADOS DE BANCO PASTOR, S.A. con el fin de proporcionar beneficios por jubilación, fallecimiento e invalidez, si corresponden, a los Beneficiarios del mismo. Dicho Plan de Pensiones recoge y desarrolla el acuerdo alcanzado en negociación colectiva de fecha 21 de noviembre de 2001, por el que se instaura un sistema de previsión social sustitutivo del contemplado en el XVIII Convenio Colectivo de Banca aplicable a la Entidad Promotora hasta la fecha.