Incrementos salariales
• Mantenimiento del poder adquisitivo con relación al IPC real.
• Incorporación de la cláusula de revisión salarial
• Actualización de tablas a valores reales.
• Establecimiento del valor de la hora extraordinaria en un 200% del valor hora.
• Información a la representación legal de los trabajadores del nº de horas extras.
• Establecimiento de la jornada ordinaria máxima anual en 1650 horas.
• Regulación de las guardias y su retribución.
• Extensión de la jornada intensiva.
• Ampliación y actualización de los permisos retribuidos
• Cómputo de las vacaciones en días laborables
• Disfrute de las vacaciones en 3 periodos.
• Nueva definición de categorías y funciones.
• Homologación de categorías del colectivo de Corredores
• Creación de un sistema de promoción interno objetivo y vinculado a la formación
Incapacidad transitoria
• Complemento 100% prestación S.S.
Contratación
• Regulación de la contratación temporal
• Regulación de la causalidad en la contratación temporal.
• Reducción de los periodos de prueba.
Salud laboral
• Incorporación de la LPRL al texto del convenio.
• Regulación sobre PVD.
• Regulación mínima y obligatoria sobre vigilancia de la salud en las empresas del sector y medidas que de incluir.
Conciliación vida familiar y laboral.
• Establecimiento del derecho de los trabajadores y trabajadoras a una excedencia de hasta 3 años, con reserva del puesto de trabajo, destinada al cuidado de cónyuge o familiares de primer grado, por enfermedad grave.
• Establecer el derecho de los trabajadores y trabajadoras a una reducción de la jornada de trabajo, entre un 10% y un 50%, por razones de guarda legal o cuidado de personas mayores o discapacidad, así como ampliar la reducción de jornada por razones de guarda legal mas allá de los 6 años del menor.
• Derecho de los trabajadores a un seguro de 24.000 euros por fallecimiento, enfermedad profesional o invalidez
• Establecimiento de ayuda comida por un importe de 7,81 euros.
• Regulación actualizada de las faltas y sanciones.
• Definición y tipificación como falta del acoso sexual y acoso moral)
• Vinculación a los órganos autonómicos vinculados al ASEC
• Reconocimiento de las secciones sindicales
• Regulación de la utilización de los correos electrónicos y páginas Web.