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A continuación os resumimos la PROPUESTA de negociación que hemos presentado

En negociación en Banco Sabadell: pluses, niveles mínimos y exámenes

05-11-09 Este es el resumen de la PROPUESTA presentada por COMFIA-CCOO en la negociación: Categoría nível mínimo; creación de un complemento salarial temporal; creación de un complemento para Gestor Comercial y de Servicio (GCS) y Responsable de Servicio al Cliente (RSC); sustitución de los ascensos por capacitación del CCB; todos los complementos y pluses pactados.

05-11-2009 - 

(PDF:Cas)

EN NEGOCIACIÓN: pluses, niveles mínimos y exámenes

A raíz de la denuncia que COMFIA-CCOO del Banco Sabadell presentamos ante la Inspección Laboral por el incumplimiento de la convocatoria de exámenes de capacitación prevista en el Convenio Colectivo de Banca (CCB), el año pasado mantuvimos negociaciones con la empresa y el resto de sindicatos para establecer un sistema que sustituyera los citados exámenes por un mecanismo de compensación pautado y no absorbible. Finalmente no fue posible alcanzar un acuerdo, por lo que esta cuestión, a fecha de hoy, continúa pendiente. El pasado mes, COMFIA-CCOO planteamos retomar las citadas negociaciones, a lo que la empresa respondió positivamente.

A continuación os resumimos la PROPUESTA de negociación que hemos presentado:

Nivel mínimo
Las personas que, durante seis meses en un año u ocho meses en dos años, ejerzan funciones de Analista, Asesor/assistant, Gestor Comercial y de Servicio, Responsable Servicio al Cliente, Responsable DEX (RADEX), Gestor Comercial, Gestor Telefónico Comercial, Técnico o Gerente, tendrán, como mínimo, el Nivel VIII.

Creación de un complemento salarial temporal
Los empleado/as que realicen las funciones establecidas en este pacto durante seis u ocho meses, accederán al nivel retributivo pactado o volverán a la función anterior.
Durante los mencionados seis u ocho meses, percibirán un complemento que será el 50% de la diferencia entre el salario de convenio del empleado, en el momento del inicio de la función, y el salario base del nivel retributivo previsto para la función en este pacto.

 

 

Creación de un complemento para Gestor Comercial y de Servicio (GCS) y Responsable de Servicio al Cliente (RSC)
Se establecerá un complemento para los empleados/as que realicen estas funciones y ostenten el nivel VIII.
Este complemento será la diferencia entre su nivel retributivo de Técnico nivel VIII y el de Técnico nivel VII y se percibirá mientras ostente el nivel VIII y realice la función.
Los empleado/as que actualmente realicen las funciones previstas de GCS/RSC y que sean técnicos nivel VIII percibirán este plus a la firma de este acuerdo.

 Sustitución de los ascensos por capacitación del CCB
Se sustituyen las pruebas de capacitación previstas en el artículo 10.III del CCB, por un sistema de pluses de acceso a los niveles superiores. Dicho sistema esta compuesto por los siguientes Complementos:
"Diferencia de nivel XI a X". Un quinto de la diferencia del salario entre el nivel XI y el nivel X.
"Diferencia de nivel X a IX". Un quinto de la diferencia del salario de convenio, entre el nivel X y el nivel IX.
"Diferencia de nivel IX a VIII". Un sexto de la diferencia del salario de convenio, entre el nivel IX y el nivel VIII.
A la firma de este acuerdo, los complementos descritos en este apartado serán abonados a la plantilla administrativa según la cantidad que corresponda en función del número de años transcurridos en el nivel que ostenten.

Todos los complementos y pluses pactados serán abonados mensualmente, se revalorizarán anualmente según el CCB, no serán absorbidos ni compensados y se mantendrán hasta el siguiente cambio de nivel retributivo.

Os informaremos del proceso de negociación que esperamos, esta vez sí, finalice con un acuerdo con la empresa.

Noviembre de 2009

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