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Federación de Servicios
Financieros y Administrativos

Fecha artículo: 22-01-2004 - url artículo: http://www.comfia.net/html/398.html

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Preguntas más Frecuentes FAQ

Vacaciones no disfrrutadas en el año

Queriamos saber si la empresa puede en algun caso restar días de vacaciones a un trabajador que no pueda disfrutarlas durante el año, bien en su totalidad o parcialmente. Entendemos que si por cualquier motivo (baja por enfermedad, necesidades del servicio, etc)el trabajador no ha podido disfrutar sus vacaciones y las debe coger metiendose en el siguiente año, la empresa no puede poner límite de días a disfrutar en dicho año siguiendo criterios propios.
22-01-2004 En principio las vacaciones se deben disfrutar durante el año. Si por motivo de baja (no sobrevenida durante las vacaciones) no quedasen días suficientes
para disfrutarlas, en principio se perderían (salvo acuerdo con la empresa).

Si es por necesidades del servicio se supone que debería estar pactada la posibilidad de disfrutarlas al año siguiente ya que la empresa no puede pretender aplazar las vacaciones porque no le va bien que se hagan en determinadas fechas y después esgrimir el argumento de que no quedan días.

Son casos diferentes.
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