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Federación de Servicios
Financieros y Administrativos

Fecha artículo: 12-01-2008 - url artículo: http://www.comfia.net/html/391.html

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Baja Médica y Vacaciones

He estado de baja médica y ha transcurrido mi período de vacaciones. Ahora que tengo el alta ¿qué sucede con mis vacaciones no disfrutadas? ¿Tengo derecho a los días que me quedaban o los he perdido? ¿Me los pueden pagar?
Las vacaciones no disfrutadas en el año por motivo de baja médica no se recuperan.

Cuando coinciden el periodo de vacaciones previamente fijado por acuerdo colectivo o individual con una situación de baja médica por incapacidad temporal, ya sea derivada de enfermedad común o accidente no laboral, ya derive de accidente de trabajo o enfermedad profesional, los trabajadores no tienen derecho a un nuevo señalamiento de vacaciones, aunque su reincorporación se produzca dentro del año natural en curso. Así lo ha señalado el Tribunal Supremo, en sentencia de fecha 3 de octubre del 2007 dictada en unificación de doctrina.

No tendría derecho tampoco al pago ya que la Seguridad Social ha cubierto sus salarios mientras ha estado de baja.
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