Entidades de Financión y Leasing
Convenio de Oficinas y Despachos de la Provincia de Valencia

07-10-2005 En el Boletin Oficial de la Provincia de Valencia nº 238 de 7 de Octubre de 2005, ha sido publicado el II convenio de Oficinas y Despachos de la provincia de Valencia, este convenio se firmo para 4 años y tiene vigencia desde el 1 de Enero de 2004 hasta el 31 de Diciembre de 2007.
En Castellano y Galego
04-10-2005 El convenio será de aplicación en todas las empresas encuadradas, o que en el futuro se encuadren, en las actividades reguladas por la Ordenanza Laboral para "Oficinas y Despachos", hoy derogada, en toda la provincia de Lugo.
Publicado en el BOE 20-09-2005. Resolución DGT 05-9-2005
Incluye tablas salariales 2005
05-09-2005 El presente convenio establece y regula las normas por las que han de regirse las condiciones de trabajo del personal asalariado no sindicalista dentro de la estructura organizativa de la Confederación Sindical de CC.OO. del Pais Valenciano ...
BOPA 30/07/2005
05-08-2005 El presente Convenio será de aplicación en la empresa Centro Residencial Cultural “Madre Isabel Larrañaga”, cuyo centro de trabajo se encuentra en Gijón, calle Poeta Angel González, nº 11.
BOE 2-8-2005
04-08-2005 El presente Convenio Colectivo regula y será de aplicación obligatoria a las relaciones laborales entre las Empresas bancarias, las Cámaras de Compensación Bancaria y cuantas empresas usen la denominación de Banco siendo su actividad la de empresa bancaria, y el personal con vinculación laboral efectiva en las mismas en 1 de enero de 2005 o que ingrese con posterioridad.
28-07-2005 Regula las condiciones laborales entre Empresas de Oficinas y Despachos establecidas en Navarra y los trabajadores que presten servicios en esta comunidad. Quedan fuera de su ámbito los cargos de Dirección y Consejo, así como las Gestorías Administrativas y su personal.
21-07-2005 De aplicación a las empresas ubicadas en la provincia de Zamora y sus trabajadores, cuya actividad queda comprendida en el artículo 1º de la Ordenanza laboral de Oficinas y Despachos, que las partes en este punto, aunque esté derogada, le dan validez con carácter de norma pactada.

20-07-2005 Es de aplicación a las empresas de Oficinas y Despachos que no tengan Convenio propio, con excepción de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos de Arquitectura. Se aplica también a los/las profesionales del grupo II del art. 11º de este este Convenio que presten servicios a Empresas correspondientes a sectores o actividades no incluidos en ninguna Reglamentación, Ordenanza o Convenio Colectivo.
Años 2005-2006 - Texto firmado el 6 de junio

01-07-2005 "...podemos valorar que este primer convenio regula una base lo suficiente sólida, y que abre nuevas expectativas de negociación como para avanzar en nuevas mejoras."
introducción al Convenio - pág.3