¿Qué tipos de invalidez contempla la Seguridad Social?
02-12-2005 -
incapacidad Permanente Parcial: aquélla que, sin alcanzar el
grado de total, ocasiona al trabajador una disminución no inferior al
33% en el rendimiento normal para su profesión habitual, sin
impedirle la realización de las tareas fundamentales de la misma.
Incapacidad Permanente Total : la que inhabilita al trabajador
para la realización de todas o de las fundamentales tareas de su
profesión habitual, siempre que pueda dedicarse a otra distinta.
Incapacidad Permanente Total "Cualificada": se define igual que
la Incapacidad Permanente Total pero por razones de edad, falta
de preparación, circunstancias socio-laborales u otras similares, se
presume la dificultad de obtener un empleo distinto al habitual.
Incapacidad Permanente Absoluta: la que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio.
Gran Invalidez: la situación del trabajador afectado de
Incapacidad Permanente Absoluta a consecuencia de pérdidas anatómicas o
funcionales, necesita la asistencia de otra persona para realizar
los actos más esenciales de la vida, tales como vestir- se,
desplazarse, comer y análogos.
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