
Recordar que los afiliados a un sindicato cuentan con más garantías. Queremos pensar que la afiliación a CC.OO., en concreto, ofrece más garantías, por oficio y capacidad de gestión.
20-02-2008 -
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El capítulo de expedientes disciplinarios y sanciones es
el más delicado y traumático de la actividad laboral. Las obligaciones de los
empleados y la política disciplinaria figuran en el Estatuto de los
Trabajadores, Convenio Colectivo y normativa interna de la Caja, si bien ésta
se sitúa en un rango jurídico inferior.
P En la Caja han aumentado los hurtos (como en el resto del sector financiero), a lo que la Dirección ha respondido con sanciones a los empleados. CC.OO. hemos solicitado la retirada de esas sanciones y un debate integral, incluyendo aspectos como el diseño de las oficinas, medidas de seguridad, políticas comerciales, dimensión de las plantillas... Por lo demás, el volumen de sanciones por otros motivos se mantiene todos los años en un nivel similar.
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No
obstante, cada caso es especial y doloroso, por lo que CC.OO. seguiremos
haciendo lo posible para evitarlos. Queremos, en concreto, prevenir sobre el exceso
de confianza, que se repite con una frecuencia sorprendente y que
lleva al afectado ó afectada a realizar prácticas irregulares minimizando el
riesgo, asociado a ideas erróneas: ”llevo 20 años en la empresa, estoy bien
considerado y no creía que me iba a pasar nada por algo así”;”lo hacía
por la Caja y por dar un mejor servicio”;“no me suponía un beneficio personal”...
Estas son algunas causas de sanción frecuentes:
-
Modificar los datos de un scoring hasta conseguir que el sistema de por
buena una operación.
-
Abonar extratipos de modo irregular, a veces desde cuentas de otros
clientes, a veces incluso del bolsillo del empleado.
-
Efectuar operaciones sin autorización escrita por parte de los titulares
de las cuentas.
-
Pasar los reintegros en otro momento, ya sean propios, de compañeros ó
de clientes.
-
Poner efectivo del propio bolsillo ó del “bote” que pueda haber en alguna
oficina, para cuadrar.
- Sostener operaciones de crédito con documentación
dudosa ó inadecuada .
- En general, realizar
cualquier tipo de práctica que supone para el empleado excederse en sus
atribuciones.
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En el origen de muchos casos está la presión para cumplir campañas ú
objetivos anuales; un compromiso con el cliente ó el intento de evitar
que se vaya a otra entidad; el buen rollito entre compañeros (mal
entendido)... Sin embargo, ningún motivo justifica el incumplimiento de
las normas y, de hecho, la Caja sanciona al empleado cuando
lo descubre. La realidad es contundente; otra cosa es la sanción concreta, que
dependerá de la gravedad del hecho.
P Aquí hay otro problema, que CC.OO. ha denunciando reiteradamente: la dificultad de cumplir todas las normas, sobre todo en materia de efectivo. Sin embargo, esto tampoco condiciona a la Caja para sancionar a un empleado, llegado el caso. La mayoría de las sanciones que se producen tienen que ver con los aspectos comentados por lo que, para velar por nuestra propia seguridad, lo más sensato es cumplir las normas y no caer en una lasitud ó exceso de confianza.
P Recordar, por último, que los afiliados a un sindicato cuentan con más garantías, ya que el sindicato tiene la capacidad legal de estar presente y participar durante el proceso asociado a la apertura de un expediente disciplinario. Queremos pensar que la afiliación a CC.OO., en concreto, ofrece más garantías, por oficio y capacidad de gestión.
Madrid,
20 de febrero de 2008
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