RESOLUCIONES APROBADA EN EL PLENARIO DE INTEGRACIÓN DE LAS SECCIONES SINDICALES DE CC.OO. DE BANCAIXA Y SINDIBANK (26-5-1999)
Número de Resolución
1. Sobre la constitución de las Agrupaciones comarcales de Catalunya y Madrid
2. Sobre la constitución de las Secciones sindicales de Catalunya y Madrid
3. Sobre los órganos de dirección de la Sección sindical de CC.OO. Bancaixa del País Valenciano
4. Sobre el número de componentes de los diferentes órganos de dirección y la periodicidad de las reuniones.1. SOBRE LA CONSTITUCIÓN DE LAS AGRUPACIONES COMARCALES DE CATALUNYA Y MADRID.
Este Plenario General, como máximo órgano de representación y decisión de la Sección sindical estatal de Bancaja, tal y como se reconoce en los estatutos que acabamos de admitir, y dado que se cumplen los requisitos necesarios, aprueba la constitución de las agrupaciones comarcales de Catalunya y Madrid, a todos los efectos, quedando pendiente de la ratificación por parte de los/as afiliados/as de dichas agrupaciones comarcales.
2. SOBRE LA CONSTITUCIÓN DE LAS SECCIONES SINDICALES DE CATALUNYA Y MADRID.
Este Plenario General, acuerda que los órganos de dirección que se van a elegir, promuevan lo antes posible la constitución de las secciones sindicales de Catalunya y Madrid.
Las funciones de estas secciones sindicales serán: organizar a los/as trabajadores/as de su ámbito, asumir la defensa de sus intereses, extender la afiliación y potenciar la vida sindical, tal y como se recoge en los estatutos aprobados.
3. SOBRE LOS ORGANOS DE DIRECCIÓN DE LA SECCIÓN SINDICAL DE CC.OO. BANCAIXA DEL PAÍS VALENCIANO
Los/as delegados/as de este Plenario, que representan a las comarcas o agrupaciones comarcales del País Valenciano, aprueban que los órganos de dirección de la sección sindical de CC.OO. Bancaixa del País Valenciano se componga de las mismas personas que ostentan representación en los órganos de la sección sindical estatal, que lo sean de este territorio.
4. SOBRE EL NÚMERO DE COMPONENTES DE LOS DIFERENTES ÓRGANOS DE DIRECCIÓN Y LA PERIODICIDAD DE LAS REUNIONES
Dado que con la integración se inicia un período transitorio hasta el próximo plenario, se aprueba ampliar el número de componentes de la Comisión Ejecutiva y la representación de las comarcas o provincias en el Consejo, de manera que permita la participación de ambas secciones sindicales, evitándose la exclusión de aquellas personas que, perteneciendo en este momento a los órganos de dirección, no manifiesten su voluntad de dejarlos.
Por otra parte, la ampliación de los órganos de dirección, hace inviable, económicamente, mantener la periodicidad de reuniones que se establece en los estatutos aprobados, por tanto se adecuará la periodicidad establecida a las necesidades que se puedan presentar, sin que el cambio en la periodicidad suponga un cambio en el criterio de dirección de la sección sindical, asumiendo ninguno de estos órganos de dirección un papel diferente al que se ha establecido.
La presente resolución tiene el carácter de provisional hasta el próximo Plenario ordinario, donde se estará a lo que en él se pueda aprobar.
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