(27/05/2002)
La Audiencia da la razón a COMFIA CC OO en la demanda presentada por la aplicación unilateral de la empresa en la cantidad a percibir por los/as trabajadores/as pertenecientes al Subplan 2 del Fondo de Pensiones (Todos los/as ingresados con posterioridad al XIV Convenio -29-05-1.986-).
UN NUEVO REVÉS JUDICIAL A BANCAJA, ESTA VEZ EN EL FONDO DE PENSIONES
CC OO interpuso el pasado día 5 de Noviembre de 2.001 un Conflicto Colectivo contra Bancaja por la interpretación que ésta hacia del Convenio de los años 2.001 y 2.002, de la cantidad a abonar a los/as trabajadores/as de Bancaja pertenecientes al Subplan 2. El Convenio marca la cantidad de 95.000 pesetas (570'96 euros) para el año 2.001 y 100.000 pesetas (601'01 euros) para el año 2.002.
En Bancaja, y por el acuerdo del 15-7-1998, se estipuló "que las aportaciones para dicho colectivo serán las previstas por los Convenios Colectivos de Cajas de Ahorros, más un importe de 65.000 pesetas. Este importe adicional se actualizará anualmente en el incremento que experimenta el IPC, una vez constatado oficialmente por el Instituto de Estadística u Organismo que lo sustituya".
Bancaja, como siempre, hace su interpretación del Convenio y decide "unilateralmente", que no va a aplicar para el año 2.001 las 95.000 del Convenio, sino una aportación anual de 90.000 pesetas (las que el convenio daba para el año 2.000), que se revisarán con el I.P.C. de final del año 2.001, más las 65.000 (del acuerdo del 15-7-98) incrementadas con los IPC de los años 1999 y 2000. Es decir, aplica la aportación de manera incorrecta, cerrándose ante cualquier argumento, sin querer rectificar, obligándonos a interponer un Conflicto Colectivo. La diferencia en la aportación del 2.001 es de 15’45 € (2.570 pesetas) y unos 30 € (5.000 pesetas) para el año 2.002, con la consiguiente progresión aritmética de futuro.
Hay que resaltar lo "generosa" que es nuestra Entidad con sus empleados, pues pese a que la cantidad era pequeña, unas 3.000 pesetas por participe en el año 2001, lo que supone un coste total para Bancaja de 6 ó 7 millones de pesetas, nos obligue a recurrir a los Juzgados para cobrarlas, No obstante las cantidades crecen en progresión geométrica, duplicando la diferencia cada año, pues según el criterio que utilizaba la Caja, al año siguiente se parte de una cantidad inferior para la futura revisión, y las diferencias crecen a ritmo muy alto, porque el Convenio siempre refleja aumentos muy superiores al IPC (en el periodo 1986-2001 ha subido un 163'9%, mientras el IPC acumulado es del 107'9%).
La sentencia, que es muy clara, dice: "Estimando la demanda de COMFIA CC OO contra BANCAJA, declaramos el derecho de los trabajadores de Bancaja pertenecientes al Subplan dos del Plan de Pensiones del Personal de Bancaja a percibir la aportación que cada año fije el Convenio Colectivo de Cajas de Ahorros, incrementadas en 65.000 ptas, más la revisión de estas últimas en IPC, desde el año 2000, condenando a la demandada a estar y pasar por ello a todos los efectos".
Salud.