COMFIA

RECURSOS HUMANOS Y EL DR. NO

(14/03/2002)

La política del servicio de RR.HH. en esta empresa, nos sonroja día a día por la sencillez y simplicidad con que afrontan la problemática de la plantilla. Les basta con decir NO a todo lo que se le plantea y se quedan tan panchos, con la satisfacción del deber cumplido. Este trabajo, tan sencillo y tan bien remunerado, nos gustaría a toda la plantilla.

Da igual que las peticiones sean lógicas y razonadas, el NO va por delante.

Ante la petición de CC.OO. para solucionar el ab-USO en la utilización de los vehículos particulares que determinados colectivos de compañeros emplean en beneficio de la empresa, solicitando la utilización del renting (como para algunos miembros del colectivo SGD), o en su defecto, el pago del seguro a todo riesgo por parte de Bancaja y un seguro de vida (al margen de dietas y kilometraje contemplado en el Convenio), imaginad la respuesta.......... ¡Premio!.

De todas formas, el Convenio Colectivo de Cajas de Ahorros marca perfectamente las cantidades a percibir con motivo de cualquier desplazamiento, habitual o esporádico, así que aclaremos los conceptos para saber qué nos deben pagar como mínimo:

No es admisible el argumento de que en el precio del kilometraje se compense el gasto global que genera el vehículo (combustible, amortización, mantenimiento, seguros, reparaciones... ). Por ejemplo, a un/a compañero/a que dedique un vehículo durante 8 años EXCLUSIVAMENTE para su trabajo, "tan sólo le costará 4.340 € (722.000,- pts.) de su bolsillo" (contando un vehículo diesel de unos 18.000 €, con 600 € de seguro, otro tanto de mantenimiento anual, un cambio de amortiguadores y dos de ruedas), suponiendo que no pinche nunca y lo lave cuando llueva, y sin actualizar el precio del combustible ni de revisiones, ni las multas, ni los intereses del préstamo (de Bancaja) etc.etc.

Y sobre todo, recuerda que "si tienes un accidente, la empresa no se hace cargo de la reparación de tu vehículo".

Además, la normativa interna de Bancaja recoge en el Manual de Procedimientos, apartado 4.13.2, el pago de los gastos de autopista.

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