
(28/11/2001)
El
Consejo de Ministros del pasado 16 de noviembre, aprobó el Real
Decreto 1251/2001 que desarrolla parte de la Ley de Conciliación
de la Vida Familiar y Laboral de las personas trabajadoras.
INFORMACION SOBRE
NUEVAS NORMAS EN PERMISOS DE MATERNIDAD
Las principales medidas
aprobadas son las siguientes:
- El descanso por maternidad
podrá disfrutarse en régimen de jornada a tiempo parcial y se
podrá compatibilizar el trabajo, en jornada a tiempo parcial, y la
prestación por maternidad.
- De las 16 semanas del
descanso por maternidad, serán las 10 últimas las que se podrán
realizar a tiempo parcial, de manera que se pueden convertir en 20, trabajando
sólo media jornada.
- Pueden disfrutar el permiso
tanto el padre como la madre.
- El padre y la madre
podrán simultanear las 10 semanas del permiso, es decir, hacer cinco
cada uno, los dos a la vez.
- El permiso a tiempo parcial
será incompatible con el uso simultáneo del permiso de lactancia
o el de reducción de jornada.
- Para que pueda disfrutarse
el permiso a tiempo parcial, será imprescindible el acuerdo entre
la empresa y la trabajadora.
- En caso de que la
madre lleve poco tiempo trabajando y no cumpla el requisito de la cotización
mínima exigible para percibir la prestación de maternidad, la
podrá recibir el padre, referido sólo a la 10 semanas, en caso
de que la madre se las ceda.
- Posibilidad de que
la madre pueda revocar la cesión a favor del padre de parte del descanso
por maternidad (ausencia, enfermedad o accidente, abandono de familia o separación).
- Se podrá suspender
el descanso por maternidad si el recién nacido queda hospitalizado
con posterioridad a las 6 semanas después del parto y hasta que sea
dado de alta, reanudándose a partir de ese momento, el periodo de descanso
de la madre o el padre. También se regula el permiso retribuido de
una hora diaria mientras dure la hospitalización del bebé y
el derecho a un permiso de dos horas diarias con descuento proporcional de
salario, para el mismo supuesto.
Estas medidas contempladas
en el Real Decreto, son positivas pero no eliminan ni corrigen las insuficiencias
de la Ley en temas tan relevantes como el permiso individual de paternidad,
entre otros. Tampoco resuelven los problemas de conciliación entre responsabilidades
familiares y laborales, ni garantizan condiciones de igualdad efectiva entre
mujeres y hombres en el trabajo, pero son derechos conquistados tras años
de reivindicarlos. Es por ello que creemos necesaria su divulgación entre
todas las trabajadoras y trabajadores para que se pueda hacer un buen uso de
los mismos.
Para cualquier duda o aclaración
os podéis poner en contacto con nuestras delegadas y delegados.
Salut.