BANCAJA
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

Valencia, 10 de enero de 2001

Estimada/o xxxxxxxxxxxxxx:

Supongo estarás enterado/a de que se ha producido un pronunciamiento judicial, todavía no firme, como consecuencia de la interposición de un Conflicto Colectivo por una Sección Sindical, en el que se establece lo siguiente:

"... declarando el derecho de los trabajadores contratados mediante contrato de aprendizaje hasta el 31 de diciembre de 1997 y que sin solución de continuidad han pasado a ser fijos con posterioridad a dicha fecha en el Grupo Profesional de Administrativo a percibir: A) El complemento "ad personam fijo" establecido en el Acuerdo de 7 de Agosto de 1997 referido a la categoría y nivel de Auxiliar A (definido en Bancaja como Auxiliar A306); B) El complemento "ad personam dinámico" establecido en el Acuerdo de 7 de Agosto de 1997 por importe de 3/12 de sueldo base más antigüedad que perciban en cada momento en cómputo de una mensualidad."

La postura mantenida hasta ahora, derivada de la aplicación del Pacto de 7 de agosto de 1997, consistente en que los complementos "dinámico y fijo" no correspondían a los empleados contratados a través de la modalidad de aprendizaje y que en un momento posterior a la entrada en vigor de dicho acuerdo pasaran a ser plantilla de Bancaja, estaba sustentada por diversos dictámenes técnicos solicitados al efecto. Entendiéndose, además, que la consecuencia positiva que para este grupo suponía el acuerdo alcanzado era el incremento de posibilidades de obtener fijeza en el empleo, como después fue sucediendo con la práctica totalidad de este colectivo.

En consecuencia, y con independencia del hecho de no compartir el criterio interpretativo establecido por la sentencia en cuestión, lo que justifica que se haya interpuesto el oportuno recurso, si posteriormente fuera desestimado, Bancaja, en estricto respeto del pronunciamiento judicial y sin necesidad de que, por tu parte, se realice ninguna actuación concreta en dicho orden, procedería a regularizar la situación del personal afectado, abonando también los atrasos correspondientes al pasado ejercicio".

Recibe un cordial saludo.

(Firma del Director de Recursos Humanos de Bancaixa)

Castellano Valencià

Volver a circular del 17-01-2001

Tornar a full del 17-01-2001

Volver a Actualidad- Aprendices

Tornar a Actualitat-Aprenents

Página Principal

Pàgina Principal