(21/12/2000)
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia favorable al 100% de la demanda interpuesta por CC OO, reconociendo el derecho de las personas cuyo contrato indefinido con Bancaja se realizó con posterioridad a 31-12-1997, proviniendo de Contrato de Aprendizaje iniciado antes de 1-1-1998, a percibir tanto la mochila fija como la dinámica.
TREMENDO VARAPALO AL PACTO DE LAS MOCHILAS
El fallo de la sentencia dice textualmente lo siguiente:
"Desestimamos la excepción de falta de litis consorcio pasivo necesario y estimamos la demanda de COMFIA CCOO contra CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLÓN Y ALICANTE (BANCAJA), declarando el derecho de los trabajadores contratados mediante contrato de aprendizaje hasta el 31 de diciembre de 1997 y que sin solución de continuidad han pasado a ser fijos con posterioridad a dicha fecha en el Grupo Profesional de Administrativo a percibir: A) El complemento "ad personam fijo" establecido en el Acuerdo de 7 de Agosto de 1997 referido a la categoría y nivel de Auxiliar A (definido en Bancaja como Auxiliar A306) B) El complemento "ad personam" dinámico establecido en el Acuerdo de 7 de Agosto de 1997 por importe de 3/12 de sueldo base más antigüedad que perciban en cada momento en cómputo de una mensualidad."
Aunque la sentencia es recurrible en Casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de 10 días desde su notificación, el juicio no se repetiría, ni se revisarían ni modificarían los Hechos Probados. A la vista de la solidez de los Fundamentos de Derecho nuestros abogados, por una vez, se muestran manifiestamente optimistas y no temen la eventualidad de un posible recurso.
Sin tener en cuenta el Plus de Vinculación, y sin tener en cuenta el efecto de la revisión definitiva del IPC de 2000 (que va por el doble del 2% inicialmente previsto por el Gobierno) el "salto" salarial cuando se aplique la sentencia supone para los Auxiliares B3 cobrar al año 699.196 ptas. más.
Los sindicatos firmantes del pacto de las mochilas (SATE, CSI*CSIF, CGT y SPI), además de perpetrar un recorte salarial brutal y de por vida para los futuros trabajadores de Bancaixa, metieron a los que entonces eran Aprendices en el saco de los que se quedaban sin mochilas, marginación de los Aprendices en la que se ratificaron el 2-9-1997 en las Decisiones Interpretativas del pacto de las mochilas (suscritas por los mismos sindicatos) al no incluir a los Aprendices en la relación exhaustiva de categorías a efectos de calcular la mochila fija.
Para estos compañeros se acerca el momento de dejar en el olvido la discriminación salarial causada directamente por el pacto de las mochilas. Para el resto, existe un antes y un después, el 1-1-1998, marcado por la entrada en vigor de la nueva Estructura Salarial de las mochilas, por lo que la solución no puede ser legal sino mediante el acuerdo. Por parte de CC OO-Bancaixa, se mantiene la garantía de que nuestra preocupación por la situación de los colectivos brutalmente perjudicados por el pacto de las mochilas ha sido, es y será una constante de la actuación de este Sindicato, desde el mismo día de la firma del nefasto acuerdo y hasta el día en que aquella discriminación injustificada desaparezca.
Salud.
Desde el 1-1-1998, 543 fijos "nuevos" que cobrarán toda su vida un 30% menos, debido al pacto de las mochilas.
De ellas, 129 recuperarán las mochilas gracias a la sentencia de la demanda de CC OO.
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