LA PROYECCIÓN PROFESIONAL EN SERVICIOS CENTRALES (SS.CC.)
(11/12/2000)
Sabido es que en SS.CC. no hay organigrama, que se adjudican "gratificaciones" con secretismo oscurantista..., de manera que quien aspira a mejorar su trayectoria profesional y sus ingresos económicos no sabe muy bien qué debe hacer para ello.
La empresa casi siempre intenta el chantaje-presión de la prolongación de jornada, intentando ligar esta "disponibilidad total" a la proyección profesional, entendiendo por tal los ascensos o la mejora de retribuciones.
Recientemente la empresa ha propuesto ampliar la RV en la Red a empleados ligados a tareas comerciales. ¿Alguien cree, incluido el Director General, que el buen funcionamiento de los SS.CC. no contribuye de alguna manera al éxito de los productos que vendemos en la Red? Sólo la falta de tacto, propia de esta Dirección, puede plantear propuestas tan discriminatorias, que sólo se justifican por la racanería temeraria, así como por el pertinaz deseo de mantener la total falta de transparencia en la gestión de los recursos humanos en SS.CC.
No nos engañemos: la escasa consideración que los SS.CC. tienen para la alta dirección, en tanto que centros de gasto no generadores de beneficio, los convierten, a su juicio, en centros a externalizar o a minimizar. Eso sí: sin admitir la reducción de su nivel operativo.
Por parte de la Dirección (no oficialmente, por supuesto) se fomenta el concepto oficioso del horario laboral flexible, que esconde sustanciosas prolongaciones de jornada, en ningún caso controladas en el ámbito oficial aunque teóricamente recogidas en Norma (C.G. 155/95) como compensables con días libres.
Por parte de la Dirección se opta por la permanente inexistencia de categorías vinculadas al puesto de trabajo, manteniendo una evidente desregulación que lleva a que, a título individual, se asuman puestos funcionales intermedios, no definidos en sus características (responsabilidad, recursos, finalidad, etc.) a cambio de un plus funcional y en algunos casos, tras la negociación individual, a cambio de un aumento exiguo de categoría a consolidar al cabo de un mínimo de cuatro años.
Por parte de la Dirección se mantiene la práctica de no publicar las vacantes de responsables a cubrir ni, por supuesto, los criterios para optar a ellos.
Con el panorama descrito, en CC OO pensamos que las soluciones deberían venir a través de la negociación, mediante líneas tales como las que siguen (podemos decir con satisfacción que casi todas ellas fueron asumidas como propias, y completadas, por el resto de sindicatos de Bancaixa, y así, se incluyeron en la Plataforma Negociadora unitaria, recientemente rechazada por la empresa, ante las propuestas de modificación de diversos sistemas de funcionamiento planteados por la empresa a través del Director General):
RETRIBUCIÓN VARIABLE
1. Necesidad de abordar la integración en el nuevo sistema de Clasificación de Oficinas del Organigrama de Servicios Centrales, pasando así a hablar de un sistema de Clasificación General con una única escala:ORGANIGRAMA
1.1. Asociar todos los puestos existentes en SS.CC. al sistema de niveles de la Clasificación General.
1.2. Establecimiento de mecanismos objetivos (definición de las variables a considerar) y públicos de ascenso de los trabajadores de SS.CC.
1.3. Retroactividad con efectos 1-1-1997, para asegurar la normalización de las situaciones susceptibles de consolidación inmediata.
1.4. En cualquier caso, el sistema contemplará la definición del Responsable Funcional, dependiente jerárquica y funcionalmente de una Dirección de Área, de un Departamento, de un Servicio o de otro Responsable Funcional:
1.4.1. Se entenderá por tal aquella persona que gestiona de forma directa y completa una tarea o un grupo de tareas funcionales de entre las que gestiona el escalón de delegación al que pertenece, y que cumple al menos una de las dos condiciones siguientes:
1.4.1.1. Supervisa el trabajo de, al menos, una persona (ya sea ésta o no plantilla de Bancaja). En tal caso se estará ante la existencia de un Grupo Funcional.
1.4.1.2. La gestión de alguna de las tareas de las que es responsable comporta un riesgo económico directo para la empresa o requiere de una especialización técnica.
1.4.2. Se establecerá un parámetro de volumen de plantilla (sea ésta o no de Bancaja) que suponga elevar automáticamente la consideración de un Responsable Funcional a Responsable de Servicio. Por ejemplo: 11 o más personas en el conjunto del Grupo Funcional y sus Grupos dependientes.
1.4.3. Los períodos y categorías de consolidación, así como la referencia para el establecimiento del Plus Funcional desde el inicio del desempeño de la función, serán los siguientes:
Consolidación |
||
A los 2 años |
A los 4 años |
|
| Responsable Funcional | Jefe de 5ª B |
Jefe de 5ª A |
2. La representación de los trabajadores participará tanto en la definición de los sistemas de Clasificación, Promoción y Consolidación, como en su posterior revisión periódica.
3. Las vacantes de todos los puestos se cubrirán tras su preceptiva publicación en Circular General distribuida entre toda la plantilla de la empresa.
DESREGULACIÓN HORARIA
CC OO hemos puesto denuncias (la última de ellas aún está en trámite), e intentado llegar a acuerdos de compensación en tiempo libre, pero creemos que no conseguiremos nada en este terreno mientras no seamos capaces de ejercer un verdadero control sobre las horas, EMPEZANDO POR UNO/A MISMO. Probablemente la consecución de los puntos anteriores sea el camino para cortar tanta salida individual, fomentada por la empresa. Qué duda cabe que en este último es necesaria la colaboración de todos/as, mediante el ejercicio (suave, relajado) de reivindicar nuestra dignidad como trabajadores y de defender nuestra calidad de vida, nuestro derecho al disfrute del ocio merecido.
Salud.
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