COMFIA

EL PLAN DE PREJUBILACIONES NO HA SIDO PACTADO CON LOS SINDICATOS

(7/12/2000)

Tras la brusca finalización del período de consultas abierto por la empresa el 14-11-2000 sobre sus propuestas en temas "de gestión", la situación de las nuevas Prejubilaciones está más que clara: se trata de un Plan propuesto unilateralmente por la empresa, que no ha sido negociado ni acordado con ningún Sindicato de Bancaixa. Esta es una diferencia fundamental respecto del proceso del año 1998, pues entonces sí hubo consenso.

La pretensión de la empresa ha sido, desde el principio, no negociar nada de Prejubilaciones con la representación sindical, bajo la excusa de que el anterior Plan era muy reciente y bastaba con ofrecer ahora las mismas condiciones.

Desde el punto de vista de CC OO-Bancaixa esto no es admisible, pues lo que corresponde es revisar el acuerdo de 1998 y actualizarlo a la situación actual mediante la oportuna negociación. ¿Por qué?: porque en el año 1998 el proceso coincidió con el pacto de transformación del Fondo de Pensiones, que para la jubilación pasó de ser de Prestación Definida a ser de Aportación Definida; porque en aquel momento se exigió como condición para prejubilarse abandonar el Subplan Uno e integrarse en el Subplan Cuatro; porque a fecha de hoy los que se pasaron al Subplan Cuatro llevan ya 2 años en este sistema de aportación definida (anualmente el 105% del Salario Base mensual de Bancaja; el 125% si se cumplieron 55 años o más en 1998); porque desde entonces, la puesta en práctica del Plan nos ha permitido detectar aquellos aspectos que son claramente mejorables; etc.

Por todas estas y por otras razones, CC OO trasladamos al resto de Sindicatos de Bancaixa nuestras propuestas sobre Prejubilaciones, que fueron asumidas y completadas, y posteriormente fueron presentadas de manera unitaria a la empresa, dentro de la Plataforma de Negociación unitaria que recientemente ha sido rechazada por la empresa:

  1. Para acogerse valdrá cumplir el criterio de edad o el de antigüedad.
  2. La referencia no debe ser el salario pensionable, sino el salario real (sin topes).
  3. Las prestaciones deberán revisarse según Convenio (con mínimo del IPC) hasta los 65 años, y en el IPC a partir de los 65 años (para los que se pueden jubilar a los 60).
  4. Mantenimiento de las aportaciones al Fondo de Pensiones en concepto de jubilación, hasta el momento de acceder a la misma.
  5. Fallecimiento: mantenimiento para el cónyuge de las condiciones de prestación de prejubilación, hasta los 60 o 65 años respectivamente.
  6. Mantenimiento y mejora de las condiciones de todos los préstamos, no sólo de los acogidos al Reglamento de Beneficios Sociales.
  7. Establecimiento de una línea especial de préstamos para empleados prejubilados.

Participación y consenso es lo mínimo que se merecen los compañeros afectados por este Plan: se merecen contar con la certeza de que un Plan consensuado es el mejor Plan posible. En estos momentos, con la imposición unilateral de las condiciones, no te queda más remedio que consultar a tu sindicato cuando la empresa te haga la oferta de prejubilación, pues es una de las decisiones más importantes de tu vida laboral.

Salud.

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