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CC OO-Bancaixa interpone Conflicto Colectivo en reclamación del derecho a percibir la compensación económica y el complemento de comida por cada sábado trabajado

(30/06/2000)

Cuando en el ya lejano año 1988 se crearon las llamadas Oficinas con Jornada Singular, se estableció que el personal adscrito a estos horarios percibiría 7.500 ptas., así como un complemento de 550 ptas. para comida, por cada sábado efectivamente trabajado.

Con el tiempo, y en la medida en que el personal que trabajaba en sábados fue sustituido por otras personas, la empresa (argumentando que ya no eran "de los de antes", sino que se trataba de personas contratadas directamente para hacer este horario) dejó de pagar las compensaciones.

Por todo ello, y tras constatar reiteradamente ante la empresa su negativa a proceder al abono de las compensaciones por trabajo en sábado, hemos interpuesto el Conflicto Colectivo, en el que textualmente reclamamos que "se reconozca el derecho de los trabajadores que prestan servicios en las oficinas con jornada singular y con horario de trabajo también durante los sábados, el complemento de cantidad de trabajo y para comida por cada sábado trabajado, regulados en el pacto de 8 de agosto de 1988 y cuyas cuantías para el año 2000, una vez aplicadas las correspondientes revisiones desde 1-1-90, ascienden a 11.834 ptas. y 866 ptas., respectivamente".

Hoy viernes 30 de junio de 2000, ha tenido lugar el intento de conciliación ante el Tribunal de Arbitraje Laboral de la Comunidad Valenciana: la empresa se ha reafirmado en no reconocer el derecho a percibir ninguna compensación, por lo que continúan los trámites judiciales. O sea: que estamos en manos de los jueces, y siempre que se acude a esta instancia ya se sabe que se puede ganar o se puede perder. Esperemos que en este caso lo que es de justicia sea reconocido por los tribunales que la administran. De todo lo que ocurra os informaremos puntualmente.

 

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