COMFIA

TEXTO ÍNTEGRO DEL ACUERDO DE 12-03-1998, POR EL QUE SE ADOPTAN DECISIONES INTERPRETATIVAS DEL ACUERDO DE 7-8-1997

Inclusión 3 Gerentes de Banca de Empresas
Empleados con fecha de inicio del Plus de Vinculación en el mes de ENERO
Empleados con compromiso de consolidación a categoría superior y sin Plus F. Diferencial
Empleados con compromiso de consolidación a categoría superior y sin Plus F. Diferencial que perciben un Plus F. Ordinario
Auxiliares cobrando Plus Funcional Diferencial con categoría de referencia 218 Of. 2º 03-06
Empleados con reducción salarial de convenio (86,4%, 91,8% y 97,2%) y sin Mejora Voluntaria
Empleados que venían percibiendo la rúbrica R17 Complemento adicional de sueldo
Tratamiento del cuarto decimal en el cálculo de la Liquidación del Plus de Vinculación

 

ASISTENTES

Por la Caja de Ahorros:

Sección sindical CSI-CSIF

Sección Sindical S.A.T.E.

Sección Sindical S.P.I.

Sección Sindical C.G.T.

En la ciudad de Valencia, siendo las 12,30 horas del día 12 de febrero de 1998, se reúnen los señores relacionados al margen, en el Edificio Glorieta de la Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, BANCAJA, en su calidad de firmantes del Acuerdo señalado en el epígrafe, con la finalidad de dejar constancia de la interpretación adecuada y finalista de determinados aspectos de su contenido que pudieran inducir a diversas posturas, diferentes a la que, en todo momento, corresponde a la voluntad de las partes que la adoptaron.

Reunidos los señores citados al margen, para concretar determinados aspectos derivados de la aplicación del pacto de 7-8-97, sobre los que ya se han mantenido diversos contactos que han permitido tuvieran reflejo en la nómina abonada el día 10 del presente mes, se adoptan los criterios interpretativos que figuran en el documento que se adjunta a la presente acta.

Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión en el lugar y fecha indicados al principio.

CRITERIOS INTERPRETATIVOS DEL PACTO 7-8-97

Puntos abiertos después de la nómina del 10-2-98

 

CONCEPTO

CRITERIO INTERPRETATIVO

1

Empleados afectados por la cláusula 6º G (Categoría de referencia Oficial 2º para Gerentes, RCI's, etc..)

Inclusión de los 3 Gerentes de Bca Empresas (Xxxx Xxxx, Xxxx Xxxx y Xxxx Xxxx), calculándose para ellos el Complemento Fijo con referencia a la categoría de Oficial 2º.

2

Empleados con fecha de inicio del Plus de Vinculación en el mes de ENERO (de cualquier año) a los que se ha redondeado el número de años de antigüedad, originando que se tome un coeficiente multiplicador en un tramo menor

Los empleados afectados, con fecha de inicio del PV en ENERO, se les volverá a determinar el número de años de antigüedad SIN REDONDEAR, determinando el nuevo coeficiente y modificando en consecuencia la componente de liquidación del PV.

3a

Empleados con compromiso de consolidación a categoría superior y sin Plus F. Diferencial

Se añadirán al Complemento Fijo, que ya tienen calculado, las 3 diferencias de Sueldo Base entre su categoría personal y la categoría a consolidar.

3b

Empleados con compromiso de consolidación a categoría superior y sin Plus F. Diferencial que perciben un Plus F. Ordinario

La reducción del Plus F. Ordinario no absorberá a la componente del Plus de Vinculación.

4

Empleados con Mejora Voluntaria tipo "C"

Se mantiene el tratamiento dado en la nómina del 10-2-98

5

Auxiliares cobrando Plus Funcional Diferencial con categoría de referencia 218 Of. 2º 03-06. El complemento de sueldo debe calcularse sobre la categoría 358 Of. 2º 03-12

Este criterio ya se había introducido en la nómina del 10-2-98 (aparecía el importe de 220.908 ptas correspondiente a la diferencia del complemento de sueldo entre Of 2º 03-06 y Of 2º 03-12). Serán incorporados los que pudieran faltar

6

Empleados con reducción salarial de convenio (86,4%, 91,8% y 97,2%) y sin Mejora Voluntaria

Se les abonará en la nómina del 10-3-98 los siguientes importes: 5.000, 7.000, 11.000 o 15.000 ptas en función de la fecha de ingreso, como compensación a la reducción que sobre 60.000 ptas/año supondría la reducción en todo el periodo en que se aplica.

7

Empleados que venían percibiendo la rúbrica R17 Complemento adicional de sueldo

Desaparece la rúbrica

8

Tratamiento del cuarto decimal en el cálculo de la Liquidación del Plus de Vinculación

Se mantiene el tratamiento ya efectuado

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