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En
Boadilla, a 1 de diciembre de 2004, siendo las 13 horas, reunidas las personas
reseñadas al margen, ostentando cada una de ellas la representación que se
indica
MANIFIESTAN
1.
Que de conformidad con lo establecido en el Art. 41 del
Estatuto de los Trabajadores, la Dirección del Banco y las Representaciones
Sindicales firmantes, que alcanzan en su conjunto representación mayoritaria en
los Comités de Empresa, han venido manteniendo diversas reuniones tendentes a
determinar y modificar, de común acuerdo, algunas de las condiciones de trabajo
y horario del personal adscrito a las denominadas Oficinas Punto ubicadas en
Centros Comerciales
1.
Que habiendo llegado a buen fin las conversaciones sostenidas al
respecto, por haberse alcanzado el oportuno consenso, las representaciones
firmantes:
ACUERDAN
1.
Con arreglo a la política de dinamización comercial desarrollada por
Banco Santander Central Hispano, el presente Acuerdo resultará de aplicación
exclusivamente en aquellas oficinas que bajo la denominación de “Oficinas
Punto” estén establecidas o se establezcan en el futuro en Centros
Comerciales conocidos como Grandes Superficies.
2.
Sin perjuicio de las facultades reconocidas a la Dirección de la Empresa
los horarios de los Gestores Comerciales adscritos a estas oficinas serán los
que se reflejan en el Anexo.
Cuando
excepcionalmente, por causas estructurales, se supere la jornada máxima anual
de Convenio Colectivo (1.700 horas) el exceso tendrá la consideración de horas
extraordinarias.
Se cubrirán
las bajas temporales producidas por circunstancias de larga enfermedad o
maternidad.
Los
empleados del Grupo Técnico que tengan la condición de apoderados podrán
realizar su jornada en horario flexible.
3.
Con arreglo a las facultades de Organización y Dirección que competen a
la Empresa el personal destinado a Oficinas Punto será de nueva contratación
en el Banco, con el objetivo de formarse en funciones comerciales, utilizándose
a tal efecto las modalidades de contratos formativos o, en su caso, cualquier
otro de carácter temporal que permita la legislación vigente, con el
compromiso de que a los dos años, de mantenerse en activo en la empresa, el
contrato pasará a ser de carácter indefinido.
No
obstante también podrán cubrirse puestos con personal de plantilla del Banco
que voluntariamente solicite este destino y reúna las condiciones de idoneidad
y de adecuación al puesto precisas.
4.
Sin menoscabo de las facultades de organización del trabajo que competan
al Banco, y con la finalidad de promover el completo desarrollo de las personas
y de sus capacidades profesionales para contribuir al crecimiento y a la
consecución de objetivos de la Organización, los empleados adscritos a estas
oficinas y regímenes horarios podrán
ser destinados a otras oficinas de
la Red o Unidades del Banco por iniciativa de la Empresa, o a petición propia.
En este último
caso, siempre que lo posibiliten las necesidades de servicio
se atenderán las
solicitudes de incorporación a otro tipo de oficinas de la Red Comercial que
puedan instarse por personal adscrito a Oficinas Punto una vez transcurrido un
tiempo mínimo de permanencia de 3 años de duración con destino en este tipo
de oficina.
5.
Al personal de estas Oficinas se le garantiza el acceso a las políticas
de empleo, formación, traslados y de prevención de riesgos laborales, así
como las de conciliación de vida familiar y laboral en las mismas condiciones
que las del resto de empleados del
Banco.
6.
Con carácter general la estructura organizativa mínima de estas
oficinas para cubrir sus necesidades de servicio será de cuatro personas, salvo
excepciones motivadas por criterios de rentabilidad u otras circunstancias
especiales concurrentes.
Los
Niveles Profesionales de referencia en este tipo de oficinas serán
el Nivel VI para Directores y el VIII para Gestores Comerciales.
7.
Se constituye una Comisión de Seguimiento del presente Acuerdo, formada
de una parte, por la Dirección de la Empresa y, de otra, por un Representante
de cada una de las Secciones Sindicales firmantes del Acuerdo que tendrá como
objeto analizar y resolver cuantas
incidencias puedan tener lugar con ocasión del cumplimiento del presente
acuerdo, así como facilitar a los Representantes de los Trabajadores cuanta
información resulte preceptiva en relación con este tipo de Oficinas, y
particularmente información sobre horas extraordinarias en su caso realizadas,
previsiones de apertura o cierre de oficinas o traslados.
8.
El presente acuerdo entrará en vigor el día de su firma, salvo en lo
relativo a los horarios reflejados en documentos anexos, que tendrán
efectividad desde el 1.01.2005.
En los
casos de posibles solicitudes de incorporación a otro tipo de oficinas de la
Red Comercial referidas en el segundo párrafo del apartado 4, realizadas por
empleados que a la fecha de firma del presente acuerdo ya estuvieran destinados
en las mismas se tendrá en cuenta el tiempo efectivamente transcurrido desde el
primer día de prestación de servicios en una Oficina Punto.
Y
para así cumplirlo de buena fe y a la vista del consenso mayoritariamente
alcanzado firman el presente documento en la plaza y fecha indicadas.
arriba
Firman:
Representación
Sindical
CCOO
- Laura Pinyol Vidal, Raúl Vicente Vicente, Manuel Fortes Pérez, Antonio
Cienfuegos Antelo
UGT
- Miguel
Gersol Fernández, Agustín
Nieto Altozano, Victoriano
Martín del Burgo
FITC
- Ángel
Mª Vergara Figaredo, Carlos
Javier Ibáñez Alvarez
AMI
- José
Manuel Simón Caldevilla Francisco
José García Utrilla
Representación
Empresarial
Juan Gorostidi Pulgar
, Eugenio Roldán Salguero
arriba
ANEXO I
PROPUESTA REASIGNACIÓN DE HORARIOS
GRANDES SUPERFICIES
Oficinas
de 4 personas
Jornada
de Invierno
Lunes
a viernes
Gestores 1 y 2:
-
Mañanas:
11 – 15 horas
-
Tardes:
18 – 21 horas
Gestor 3:
(horario
rotativo mensualmente entre los tres Gestores)
Sábados:
Director:
Alternará
un sábado trabajado con otro libre. El trabajado hará el siguiente horario:
Gestores:
1
Gestor trabajará los mismos sábados que el director con el turno de tarde y
librará el resto:
Los
otros dos gestores trabajarán los sábados alternativos al director haciendo
cada uno una parte de la jornada (en turno de mañana y de tarde) y librarán el
resto:
-
Mañana:
10 – 15 horas
-
Tarde:
15 – 21
horas
Domingos
y festivos: Libranza
arriba
Jornada
de Verano
Se mantendrán
los mismos horarios
de lunes a viernes y los sábados se distribuirán de la siguiente
forma:
Directores:
Libran
todos los sábados
Gestores:
Alternarán
1 sábado trabajado cada uno con el siguiente horario:
-
10:30
– 14:30
-
16:00
– 19:00
Domingos
y festivos: Libranza
arriba
ANEXO II
Oficinas
de 3 personas
Jornada
de Invierno
Lunes
a viernes
Gestor 1:
-
Mañanas de
11 a 15 horas
-
Tardes de 18
a 21 horas
Gestor 2:
Sábados:
Directores:
Alternará
un sábado trabajado con otro libre. El trabajado hará el siguiente horario:
Gestores:
1
sábado trabajará haciendo el turno de tarde del Director:
El
sábado siguiente trabajarán los dos gestores:
-
10
– 15 horas (Gestor 1)
-
15
– 21 horas (Gestor 2)
El
siguiente sábado volverá a trabajar el Director de
mañana y rotará el Gestor 2
haciendo la tarde para que libre el Gestor 1.
Domingos
y festivos: Libranza
arriba
Jornada
de Verano
De
lunes a viernes se mantendrán los mismos horarios y los sábados se
distribuirán de la siguiente forma:
Directores:
Alternarán
un sábado trabajado con otro de libranza. El trabajado hará el siguiente
horario:
Gestores:
Librarán
un sábado de cada 3 y los trabajados harán media jornada, bien en turno de mañana
o tarde:
-
Mañana: 10:30 – 14:30
-
Tardes:
16:00 – 19:00
* Se
apoyarán, según necesidades del servicio, los sábados del período vacacional
del personal.
Domingos
y festivos: Libranza
arriba
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