He estado de baja médica y ha transcurrido mi período de vacaciones. Ahora que tengo el alta ¿qué sucede con mis vacaciones no disfrutadas? ¿Tengo derecho a los días que me quedaban o los he perdido? ¿Me los pueden pagar?
12-01-2008 - Las vacaciones no disfrutadas en el año por motivo de baja médica no se recuperan.
Cuando coinciden el periodo de vacaciones previamente fijado por acuerdo colectivo o individual con una situación de baja médica por incapacidad temporal, ya sea derivada de enfermedad común o accidente no laboral, ya derive de accidente de trabajo o enfermedad profesional, los trabajadores no tienen derecho a un nuevo señalamiento de vacaciones, aunque su reincorporación se produzca dentro del año natural en curso. Así lo ha señalado el Tribunal Supremo, en sentencia de fecha 3 de octubre del 2007 dictada en unificación de doctrina.
No tendría derecho tampoco al pago ya que la Seguridad Social ha cubierto sus salarios mientras ha estado de baja.